INTRODUCCIÓN
El Estado de Derecho concebido para los países de América Latina en el siglo XIX, se basó en concepciones napoleónicas de unidad del Estado e igualdad de todos los habitantes ante la ley, conforme a estos principios: un solo Estado, una sola Nación, un solo Pueblo, una sola forma de organizar las relaciones sociales, una sola ley y una sola administración de justicia; con la nueva Constitución se rompe este paradigma y se constituye la Nueva República, como una nación pluricultural, multilingüe y multiétnica.
Con fundamento en estos principios, el indígena ya no es, ni será considerado nunca más, como un salvaje al que debía hacerse la guerra, una mano de obra explotable a voluntad, un incapaz jurídico a quien debía ofrecerse la protección a través del Estado, con miras a prepararlo para integrarlo a la sociedad mayoritaria, atribuyéndose a la Iglesia la autoridad para evangelizarlos y convertirlos al cristianismo; y al Estado en el propósito de reducirlos y asimilarlos a la vida occidental o europea.
El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, como derechos específicos, originarios y ancestrales, representa para el Estado el mandato fundamental de formular las reglas jurídicas que se traduzcan en derechos concretos; tal como lo concibe el Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas, “Los derechos reconocidos constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo”.
Cuando se reconoce el carácter plurietnico, pluricultural y multilingüe del Estado, estamos frente a un proceso político, que expresa las aspiraciones del movimiento de los pueblos indígenas y sus reivindicaciones en materia de reconocimiento de derechos anteriores a la creación del Estado, capaz de garantizarles a los pueblos indígenas sus diversas formas de ver al mundo, coexistiendo pacíficamente, respetando sus concepciones a veces antagónicas e incluso incompatibles con los presupuestos elegidos para garantizar la convivencia.
Los pueblos indígenas, son preexistentes a los Estados Nacionales, lo mismo que la conquista española; la reforma constitucional, orienta hacia la coexistencia de dos sistemas jurídicos, uno de ellos, el positivo (escrito), creado de arriba hacia abajo por el Estado y el otro, el consuetudinario (oral), elaborado de abajo hacia arriba, por los pueblos indígenas, sobre la base de los valores con los cuales se identifican.
Con esta evolución, el Estado de Derecho formal dejó paso a un Estado de Derecho real, donde el principio de la igualdad jurídica reconozca también el derecho a la diferencia cuyo sistema de administración de justicia deje de ser con respecto a los indígenas, como a menudo lo fue, un sistema de administración de la injusticia. “Los indígenas han sido capaces no solamente de conservar su identidad, han sido capaces también de conservar su propio ordenamiento jurídico originario, legitimado aún en regímenes que desconocían totalmente su existencia”
En el campo de los derechos humanos , la nueva Constitución, reconoce además de sus derechos y garantías como seres humanos, otras condiciones jurídicas, para compensar la desigualdad y discriminación a que fueron sometidos; con el propósito de garantizar la equidad en todos los aspectos de su vida social, se garantiza el respeto a sus valores históricos, culturales y a su especificidad, sin otra limitación que la necesidad de preservar, al mismo tiempo, la dignidad y valores fundamentales de todo ser humano, reconocidos por el otro mundo cultural, llamado civilizado o mayoritario, lo cual implica respeto a las tradiciones, lenguas, religión y en general, culturas de los pueblos indígenas, también se reconocen los derechos y medios necesarios para acceder, libre y dignamente a los beneficios espirituales y materiales de la civilización predominante, como el acceso a la educación intercultural bilingüe y a la lengua materna, como oficial en sus territorios.
Los términos pueblos y derecho de libre determinación , no pueden ser invocados contra Estados soberanos e independientes, conforme al criterio de las Naciones Unidas, y no pueden servir de pretexto para la secesión ni para poner en peligro la integridad territorial de los Estados. Hay quienes afirman que el de la libre determinación, es el principal derecho humano ya que sin él, todos los demás no podrían ser ejercidos.
Otros alegan que “pueblo” es un concepto sociológico, semejante al de la nación, se refiere a grupos humanos que comparten identidades étnicas y culturales, mientras otros insisten en que “pueblo” es un concepto político y legal referido al conjunto de pobladores de un territorio o de un Estado, independientemente de sus elementos étnicos y culturales; inclinándose la ONU por la segunda interpretación.
“En este espíritu de revalorización de las culturas indígenas, se le da la importancia a aquellas que han tenido, tienen y tendrán en el desarrollo de la humanidad; una humanidad que, nunca se repetirá lo suficiente, se alimenta de plantas, animales y minerales descubiertos e investigados por el indígena..., puesto que son contados los vegetales o animales domesticados por la llamada civilización occidental. Las culturas indígenas, amen de productivas, son eminentemente pacificas: son anteriores al cambio social que propició el cambio tecnológico y que nos condujo a la desaforada hipertrofia del componente armamentista. El indígena no consiguió las maravillas de las que hoy nos beneficiamos todos, gracias a ninguna iluminación ni el producto de su trabajo, es fruto de la casualidad; el indígena es un experimentador incansable y metódico, como se denomina en la cultura mayoritaria, un científico.
Es en la ciencia social donde los hallazgos indígenas brillan con una luz más exclusiva. Es en el descubrimiento o construcción de sistemas sociales igualitarios donde más útiles pueden sernos las enseñanzas del indígena, precisamente porque es el campo de la convivencia donde ellos llegaron y están con mayores y mejores razones.
La producción necesita de multiplicidad y los indígenas deben ser considerados, desde el punto de vista de la economía global, no como mano de obra barata sino, más bien, como expertos conocedores de las profundas leyes que rigen las relaciones entre lo humano y lo natural, entre las formas de lo natural y finalmente entre lo animado y lo inanimado.
El indígena nos ha traído un ideal de crecimiento equilibrado y tendente a cero, unos sistemas agrarios y eficaces ecosistemas, una sana desconfianza hacia la uniformidad en la producción, una riqueza de ritmos biográficos y sociales, un criterio riguroso para eliminar la memoria de lo superfluo y un entendimiento con la naturaleza al que tanto se ha alabado que parecía repetitivo cualquier otro abundamiento.
Es decir, nos ha diseñado otra modernidad, dicho sea ello sin insistir en que son sus ciencias sociales aquellas de las que se obtiene las mayores y más urgentes enseñanzas.”
Venezuela es uno de los pocos países con poblaciones indígenas, que incluyó en su nueva Constitución Bolivariana , la mayoría de los principios básicos y fundamentales de los derechos de los pueblos indígenas, constituyéndose en el gran aliado y defensor de las culturas ancestrales, originarias y especificas, es un país con una rica diversidad sociocultural, ya que la cultura occidental desapareció sus formas primigenias de organización social; ahora todos los estados- nación, se inclinan en conservar esas civilizaciones culturales, por ser Patrimonio de la Humanidad, por cuanto ellas encierran un cúmulo de conocimientos que podría ser de extraordinario beneficio para las generaciones futuras, es por ello que las Naciones Unidas plantean la necesidad de incorporar esos principios en las Constituciones de los diferentes países independientes con poblaciones indígenas, para darles seguridad jurídica; así mismo promueve la urgencia de aprobar la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas y la ratificación del Convenio N° 169 , de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
“La modernidad exige que todos los ciudadanos del país tengan el mínimo de satisfacciones resueltas. El modelo occidental de desarrollo ha visto a las culturas tradicionales como pobres, en razón de los bajísimos niveles de vida que estas últimas proveen. Esa óptica está basada en la ideología eurocéntrica de que todas las culturas deben alcanzar un cierto nivel de progreso material a fin de considerarse desarrolladas. ¿Los criterios occidentales de bienestar material son suficientes u oportunos para definir lo que es el bienestar, la prosperidad, el progreso?
Si la respuesta es positiva, la ideología es aún más evidente, pues se cree que las diferencias culturales se originan, simplemente, porque algunas no han estado suficientemente dispuestas a admitir las ofertas tecnológicas, los valores y las conductas competitivas de la civilización industrial. El problema, en esto, es que los valores materiales de la civilización industrial no son valores universales. Las culturas indígenas son diferentes y exponer esas culturas a una forzosa asimilación puede ser contraproducente.
Que termine la tenebrosa miseria de una mayoría, donde están justamente los indígenas. El país oficial se resiste a reconocer los cambios que se multiplican en el mundo exterior y aquellos pocos que obligadamente nos llegan se resisten a admitir la necesidad de acelerarlos. Se prefieren los viejos discursos del pasado, revisados con una adjetivación al uso de políticos y periodistas, pero sin contenidos precisos. Debe terminar el abismo que separa y debilita la constitución de una sociedad nacional, de un Estado nacional para todos.
No pueden, a esta altura del siglo, mantenerse las divisiones y los prejuicios y discriminaciones que siembran odio. El racismo social difuso, es decir, el que se transmite de manera anónima e inconsciente, por la comunicación oral, por el gesto de desprecio o por la conducta negativa, de familia en familia, de generación en generación. La mentalidad racista y discriminatoria que no termina por aparecer con las fauces de una bestia, porque recién ahora los indígenas empiezan a aparecer en su horizonte cultural. La mentalidad racista y discriminatoria viene de la conquista y la colonia, dio lugar a la creación de sociedades polarizadas y se perpetua por el sistema político, pero, sobre todo, por los valores, las costumbres, los hábitos heredados que no terminan nunca de rechazarlos.”
lunes, 13 de octubre de 2008
miércoles, 3 de septiembre de 2008
SALVEMOS AL PUEBLO YUKPA
PRONUNCIAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL
MOVIMIENTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MOPIVE
Los YUKPAS, pueblo de la familia lingüística caribe, tienen como hábitat las tierras bajas de la Serranía de Perijá, en las cuales se encuentran las cuencas hidrográficas de los ríos Apon, Negro, Yaza y Tokuco, con una cabida de 60.000 hectáreas aproximadamente. ¡ Es aquí precisamente donde los yukpas han sufrido, el embate permanente de los ganaderos venidos de otras partes para sacarlos de sus tierras históricamente productivas ¡.
Esta situación se prolonga en detrimento para los Yukpas, desde el auge petrolero en la década de los veinte (20), hasta la Fundación de SHIRAPTA por los YUKPAS MACOITAS y la Fundación del Tokuco en el pie de monte de la Sierra de Perijá entre 1947 y 1948.
A partir de entonces se ha registrado un crecimiento demográfico YUKPA, lo que los impulsó, como medida de sobrevivencia del espacio vital para recuperar las 1600 hectáreas en conflicto, y asegurar la continuidad biológica de su pueblo. Este es el fondo de la situación planteada, normal y natural dentro de los procesos agrario que ha conocido y conoce el país.
¿Ahora bien, si con los medios constitucionales y legales vigentes en Venezuela, no es posible que 1.600 hectáreas, puedan ser reasumidas por las comunidades de Chaktapa y Guamo, integradas por más de doscientas (200) familias, para garantizarles su sobrevivencia? Mal puede pretenderse que el centro de la negociación, planteada por la voceria del General de División (Ej) Jesús Gregorio González González, Jefe del Comando Estrátegico Operacional de la FAN, sea la previa “DESOCUPACION DE LAS HACIENDAS TIZINA Y KUSARE”.
Es decir; si no se puede reconocer el derecho al hábitat, de esas dos comunidades del pueblo Yukpa, sobre las 1.600 hectáreas, ¿Quien puede creer que luego del abandono a su derecho lo van a premiar con la demarcación de las 60.000 hectáreas que corresponde al perímetro de las tierras bajas de la Sierra de Perija?
Por ello MOPIVE A.C sostiene, no al desalojo de las tierras Yukpas, si a la negociación con permanencia de los Yukpas en las tierras recuperadas.
Finalmente queremos llamar la atención nacional, sobre el renacimiento en nuestro país de la Doctrina Militarista Desarrollista, como política de estado en las fronteras contra la vigencia legal y constitucional de la Doctrina Progresista Intercultural Indígena impulsada por el Presidente CHAVEZ.
Es JUSTICIA SOCIAL, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil ocho, desde las tierras ancestrales del pueblo indígena Yukpa.
Wayunamente;
MOPIVE ASOCIACION CIVIL
Dirección: Parque Central. Edificio Mohedano. Mezanina. Oficina OM8. Avenida Lecuna. Distrito Capital. Caracas. República Bolivariana de Venezuela. 0212-9777546-9774900. 04142391735-04143271563 mopiveac@hotmail.com, wayuuriana@cantv.net mopiveac@yahoo.es, wayuuriana@gmail.com
PROGRAMA DE GESTIÓN PÚBLICA INDÍGENA PARA EL ESTADO ZULIA
I. LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
El Gobierno del estado Zulia, debe actualizar la Constitución Federal e incorporar los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas, basados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en vigencia desde 1999, y la Ley Aprobatoria del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
II. EL MEJORAMIENTO SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN LA REGIÓN ZULIANA.
La mayoría de la población indígena del estado Zulia, vive en condiciones de extrema pobreza, miseria, desventaja, exclusión social y discriminación, en una situación en la que se vislumbra una carencia en el ejercicio de sus derechos sociales, políticos y económicos; reportando índices de baja calidad de vida, altos índices de morbilidad y mortalidad infantil, y un escaso acceso a servicios públicos básicos y fundamentales. El ejercicio del derecho a la diferencia pluricultural es incompatible con los actuales niveles de desigualdad social que padece esta población. Para lograr una creciente equidad en la diversidad se proponen los siguientes objetivos y acciones básicas:
En materia de salud:
Ø Lograr acceso y un mejor servicio para la población indígena a través de la creación, remodelamiento y dotación de los centros médicos asistenciales situados en las regiones fronterizas, rurales, aldeas, caseríos y barrios de la población indígena.
Ø Incorporar dentro del sistema de salud regional y local, los conocimientos, saberes y prácticas terapéuticas indígenas.
Ø Garantizar que, por diversos procedimientos, los 350.000 indígenas residentes e itinerantes en el estado Zulia, cuenten con acceso a los servicios de salud pública, obligatoria y gratuita.
En materia de vivienda:
Ø Garantizar acceso en condiciones de equidad a la población indígena para programas de etnovivienda productiva en sus lugares de asentamiento ancestral en las zonas, fronteriza, rural, costera y urbana.
Ø Impulsar un programa emergente de vivienda para la población indígena que reside en ranchos o albergues de alto riesgo, ubicadas en las orillas de los principales ríos de la región, y de los barrios de mayor concentración de la población indígena.
En materia de desarrollo económico:
Ø Programa de capacitación para el trabajo artesanal, por vías formales y no formales.
Ø Programa de regularización de la producción, comercialización, exportación y venta de artesanías y demás productos de subsistencia.
Ø Programa de desarrollo de la pesca artesanal, de transporte público indígena, comercio informal, granjas agropecuarias, embalses, caminos carreteros, puertos pesqueros, centros de acopio, etcétera.
Ø Impulsar la formación de cooperativas indígenas, para las diferentes actividades artesanales y no artesanales de la población.
Ø Impulsar etnoproyectos que promuevan valor agregado cultural a los productos de origen indígena.
Ø Producción de alto valor agregado y retribución por bienes y servicios ambientales para pueblos originarios.
Ø Construcción de etnomercados, de acuerdo con la idiosincrasia y modo de diversificación de sus economías.
En materia de registro civil.
Ø Abatir el rezago registral para la población indígena, con indicación de los nombres y apellidos indígenas elegidos por ellos.
En materia penitenciaria.
Ø Solicitar los diferentes beneficios procesales de la población indígena, recluida en los centros penitenciarios; por violación al debido proceso, violación del sistema de defensa y desconocimiento del Derecho Consuetudinario Indígena, por parte de los órganos encargados de la Administración de Justicia. Promocionar una Ley de Amnistía Indígena para los reclusos y reclusas indígenas en los diferentes centros penitenciarios del estado Zulia.
En materia de educación.
Ø Dotar de becas escolares a niñas y niños indígenas en riesgo de deserción.
Ø Perspectiva intercultural en guarderías y centros maternos infantiles.
Ø Sensibilización y capacitación en la Secretaria de Educación Rural e Indígena en la perspectiva de la Educación Intercultural y Bilingüe.
Ø Garantizar la asistencia a los servicios educativos básicos, obligatorios y gratuitos para la población indígena infantil.
Ø Combatir el índice de reprobación y deserción escolar.
Ø Creación de Escuelas Granjas Artesanales, en la región fronteriza.
III. LA GOBERNABILIDAD INDÍGENA.
Paralelamente al logro de la ampliación de la cobertura y acceso a los servicios para la población indígena, se requiere de un proceso de transformación de las instituciones y los servicios en función de promocionar la particularidad indígena y la diversidad etnocultural, además de combatir en los funcionarios públicos y la empresa privada, toda forma de discriminación o estigmatización de la población indígena. En particular, será necesario enfatizar los procesos de sensibilización y capacitación en tres áreas. Salud, educación y defensa integral.
Salud:
Ø Sensibilización al personal de los diferentes de centros de salud: clínicas, hospitales, ambulatorios, dispensarios y unidades móviles sobre la cosmovisión indígena, para lograr un trato respetuoso con dignidad a su identidad cultural y derechos originarios.
Ø Capacitación al personal médico y paramédico de la salud para su interrelación con la población indígena, en materia de la praxis médica indígena y la ciencia médica occidental.
Ø Sensibilización del personal médico y paramédico sobre la riqueza terapéutica de las prácticas médicas y saberes indígenas.
Educación:
Ø Sensibilización al personal docente de las escuelas en las zonas de mayor presencia indígena, sobre la diversidad cultural, la filosofía y los derechos originarios de los pueblos indígenas;
Ø Campañas permanentes contra la discriminación y la estigmatización en los diferentes centros de educación: básica, media, diversificada, técnica y universitaria.
Ø Elaboración de materiales de apoyo didáctico a maestros indígenas y no indígenas sobre la diversidad cultural e interculturalidad y rescate de los idiomas indígenas.
Seguridad y defensa integral:
Ø Capacitar y sensibilizar a los miembros de la Fuerza Armada Nacional, las Policías: Nacional, Regional y Municipal; Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Tribunales, y demás órganos de Administración de Justicia, sobre el reconocimiento en la Constitución Bolivariana de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Ø El reconocimiento de la administración de justicia, por parte de los Estados Fronterizos, entre los diferentes pueblos indígenas, considerando la cosmovisión de su tradición ancestral, la validez de sus códigos orales en la solución de sus problemas internos y la doble nacionalidad de los pueblos indígenas fronterizos.
Ø Evitar la catequización, forzosa, compulsiva y temeraria de cualquier secta religiosa en los territorios ancestrales de los pueblos indígenas.
Ø No tratarlos como contrabandistas, narcotraficantes y jefes de mafias en las fronteras; combatir cualquier forma de explotación laboral o aprovechamiento cultural.
IV. PROMOCIÓN DE POLÍTICA INDÍGENA.-
Para materializar el ejercicio de los derechos indígenas, no basta con el mero reconocimiento jurídico de los mismos, es necesario crear instrumentos y mecanismos que garanticen su aplicabilidad y accesibilidad de tales derechos a la población indígena. Asimismo, dado el bajo ejercicio de estos derechos, la formulación de una política indígena activa de promoción de esos derechos para su aplicación y ejercicio.
V. DEMARCACION TERRITORIAL Y EXPLOTACION DE LOS RECURSOS NATURALES.
Ø La principal demanda de los pueblos indígenas, es la garantía de la integridad de su territorio, como espacio de reproducción de su cultura ancestral, la conservación de los recursos naturales de su hábitat y la supervivencia del patrimonio cultural.
Ø Impulsar un desarrollo sustentable autogestivo en las unidades económicas productivas de los pueblos indígenas.
Ø Demarcación del hábitat y la reglamentación de los ABRAES.
Ø Promover la aplicación de la normativa, en materia ambiental, la participación y consulta en la explotación de los recursos naturales, ordenamiento territorial y el uso, goce y disfrute del suelo y aguas en los territorios indígenas del estado Zulia.
VI. CORRESPONSABILIDAD SOCIAL INDÍGENA.
El impulso de la política pública en materia indígena, requiere como complemento de la acción del gobierno, las más variadas formas de participación de los propios pueblos indígenas, en el diseño, monitoreo, ejecución y evaluación de dichas políticas públicas. Por ello el Gobierno, en el marco del programa de los Consejos Regionales de Planificación de Estrategias de Políticas Públicas, destinados a apoyar las iniciativas sociales, promoverá y apoyará con particular interés aquellas aspiraciones de los pueblos y comunidades indígenas, tanto en su hábitat territorial y no territorial, así como de sus organizaciones civiles y sociales. Los proyectos que deberán ser apoyados, estarán dirigidos fundamentalmente al sector comunitario: etnovivienda, pequeña y mediana industria, centros de salud, mercados indígenas, transporte colectivo indígena, promoción cultural, administración de justicia indígena, defensa integral de la frontera, identidad y autonomía en sus territorios ancestrales, educación intercultural bilingüe y participación política y protagónica en el destino de la Nación y de sus pueblos.
Desarrollar entre los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas, una cultura de corresponsabilidad social en las políticas públicas que les corresponde ejecutar, con el apoyo del gobierno nacional, regional y local.
VII. CONVIVENCIA PLURICULTURAL.
Ø El reconocimiento de lo que representa la diversidad cultural de la población indígena del estado Zulia, compete al conjunto de los habitantes. Por ello es fundamental que los zulianos, asuman esta composición pluricultural como un elemento constitutivo de la región y por ende, desarrollar entre todas y todos, nuevas formas de convivencia intercultural, basadas en los principios de legitimidad de la diferencia, conocimiento mutuo, respeto, humanidad y el libre ejercicio de los derechos de los otros.
Ø Difusión permanente de las manifestaciones de la naturaleza pluricultural de la región, y en particular de la presencia indígena y de los afrodescendientes.
Ø Desarrollar las formas más variadas de la participación proactiva de los pueblos indígenas y los afrodescendientes.
Ø Fomento del uso público de los idiomas indígenas y promoción de su acceso a los medios de comunicación social, las cuales deberán estar contempladas en las leyes que rigen la materia.
Ø Construcción permanente del diálogo intercultural bilingüe.
Ø Creación de emisoras radiales indígenas, espacios de opinión indígena, órganos de divulgación masiva y programas televisivos indígenas.
El Gobierno del estado Zulia, debe actualizar la Constitución Federal e incorporar los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas, basados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en vigencia desde 1999, y la Ley Aprobatoria del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
II. EL MEJORAMIENTO SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN LA REGIÓN ZULIANA.
La mayoría de la población indígena del estado Zulia, vive en condiciones de extrema pobreza, miseria, desventaja, exclusión social y discriminación, en una situación en la que se vislumbra una carencia en el ejercicio de sus derechos sociales, políticos y económicos; reportando índices de baja calidad de vida, altos índices de morbilidad y mortalidad infantil, y un escaso acceso a servicios públicos básicos y fundamentales. El ejercicio del derecho a la diferencia pluricultural es incompatible con los actuales niveles de desigualdad social que padece esta población. Para lograr una creciente equidad en la diversidad se proponen los siguientes objetivos y acciones básicas:
En materia de salud:
Ø Lograr acceso y un mejor servicio para la población indígena a través de la creación, remodelamiento y dotación de los centros médicos asistenciales situados en las regiones fronterizas, rurales, aldeas, caseríos y barrios de la población indígena.
Ø Incorporar dentro del sistema de salud regional y local, los conocimientos, saberes y prácticas terapéuticas indígenas.
Ø Garantizar que, por diversos procedimientos, los 350.000 indígenas residentes e itinerantes en el estado Zulia, cuenten con acceso a los servicios de salud pública, obligatoria y gratuita.
En materia de vivienda:
Ø Garantizar acceso en condiciones de equidad a la población indígena para programas de etnovivienda productiva en sus lugares de asentamiento ancestral en las zonas, fronteriza, rural, costera y urbana.
Ø Impulsar un programa emergente de vivienda para la población indígena que reside en ranchos o albergues de alto riesgo, ubicadas en las orillas de los principales ríos de la región, y de los barrios de mayor concentración de la población indígena.
En materia de desarrollo económico:
Ø Programa de capacitación para el trabajo artesanal, por vías formales y no formales.
Ø Programa de regularización de la producción, comercialización, exportación y venta de artesanías y demás productos de subsistencia.
Ø Programa de desarrollo de la pesca artesanal, de transporte público indígena, comercio informal, granjas agropecuarias, embalses, caminos carreteros, puertos pesqueros, centros de acopio, etcétera.
Ø Impulsar la formación de cooperativas indígenas, para las diferentes actividades artesanales y no artesanales de la población.
Ø Impulsar etnoproyectos que promuevan valor agregado cultural a los productos de origen indígena.
Ø Producción de alto valor agregado y retribución por bienes y servicios ambientales para pueblos originarios.
Ø Construcción de etnomercados, de acuerdo con la idiosincrasia y modo de diversificación de sus economías.
En materia de registro civil.
Ø Abatir el rezago registral para la población indígena, con indicación de los nombres y apellidos indígenas elegidos por ellos.
En materia penitenciaria.
Ø Solicitar los diferentes beneficios procesales de la población indígena, recluida en los centros penitenciarios; por violación al debido proceso, violación del sistema de defensa y desconocimiento del Derecho Consuetudinario Indígena, por parte de los órganos encargados de la Administración de Justicia. Promocionar una Ley de Amnistía Indígena para los reclusos y reclusas indígenas en los diferentes centros penitenciarios del estado Zulia.
En materia de educación.
Ø Dotar de becas escolares a niñas y niños indígenas en riesgo de deserción.
Ø Perspectiva intercultural en guarderías y centros maternos infantiles.
Ø Sensibilización y capacitación en la Secretaria de Educación Rural e Indígena en la perspectiva de la Educación Intercultural y Bilingüe.
Ø Garantizar la asistencia a los servicios educativos básicos, obligatorios y gratuitos para la población indígena infantil.
Ø Combatir el índice de reprobación y deserción escolar.
Ø Creación de Escuelas Granjas Artesanales, en la región fronteriza.
III. LA GOBERNABILIDAD INDÍGENA.
Paralelamente al logro de la ampliación de la cobertura y acceso a los servicios para la población indígena, se requiere de un proceso de transformación de las instituciones y los servicios en función de promocionar la particularidad indígena y la diversidad etnocultural, además de combatir en los funcionarios públicos y la empresa privada, toda forma de discriminación o estigmatización de la población indígena. En particular, será necesario enfatizar los procesos de sensibilización y capacitación en tres áreas. Salud, educación y defensa integral.
Salud:
Ø Sensibilización al personal de los diferentes de centros de salud: clínicas, hospitales, ambulatorios, dispensarios y unidades móviles sobre la cosmovisión indígena, para lograr un trato respetuoso con dignidad a su identidad cultural y derechos originarios.
Ø Capacitación al personal médico y paramédico de la salud para su interrelación con la población indígena, en materia de la praxis médica indígena y la ciencia médica occidental.
Ø Sensibilización del personal médico y paramédico sobre la riqueza terapéutica de las prácticas médicas y saberes indígenas.
Educación:
Ø Sensibilización al personal docente de las escuelas en las zonas de mayor presencia indígena, sobre la diversidad cultural, la filosofía y los derechos originarios de los pueblos indígenas;
Ø Campañas permanentes contra la discriminación y la estigmatización en los diferentes centros de educación: básica, media, diversificada, técnica y universitaria.
Ø Elaboración de materiales de apoyo didáctico a maestros indígenas y no indígenas sobre la diversidad cultural e interculturalidad y rescate de los idiomas indígenas.
Seguridad y defensa integral:
Ø Capacitar y sensibilizar a los miembros de la Fuerza Armada Nacional, las Policías: Nacional, Regional y Municipal; Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Tribunales, y demás órganos de Administración de Justicia, sobre el reconocimiento en la Constitución Bolivariana de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Ø El reconocimiento de la administración de justicia, por parte de los Estados Fronterizos, entre los diferentes pueblos indígenas, considerando la cosmovisión de su tradición ancestral, la validez de sus códigos orales en la solución de sus problemas internos y la doble nacionalidad de los pueblos indígenas fronterizos.
Ø Evitar la catequización, forzosa, compulsiva y temeraria de cualquier secta religiosa en los territorios ancestrales de los pueblos indígenas.
Ø No tratarlos como contrabandistas, narcotraficantes y jefes de mafias en las fronteras; combatir cualquier forma de explotación laboral o aprovechamiento cultural.
IV. PROMOCIÓN DE POLÍTICA INDÍGENA.-
Para materializar el ejercicio de los derechos indígenas, no basta con el mero reconocimiento jurídico de los mismos, es necesario crear instrumentos y mecanismos que garanticen su aplicabilidad y accesibilidad de tales derechos a la población indígena. Asimismo, dado el bajo ejercicio de estos derechos, la formulación de una política indígena activa de promoción de esos derechos para su aplicación y ejercicio.
V. DEMARCACION TERRITORIAL Y EXPLOTACION DE LOS RECURSOS NATURALES.
Ø La principal demanda de los pueblos indígenas, es la garantía de la integridad de su territorio, como espacio de reproducción de su cultura ancestral, la conservación de los recursos naturales de su hábitat y la supervivencia del patrimonio cultural.
Ø Impulsar un desarrollo sustentable autogestivo en las unidades económicas productivas de los pueblos indígenas.
Ø Demarcación del hábitat y la reglamentación de los ABRAES.
Ø Promover la aplicación de la normativa, en materia ambiental, la participación y consulta en la explotación de los recursos naturales, ordenamiento territorial y el uso, goce y disfrute del suelo y aguas en los territorios indígenas del estado Zulia.
VI. CORRESPONSABILIDAD SOCIAL INDÍGENA.
El impulso de la política pública en materia indígena, requiere como complemento de la acción del gobierno, las más variadas formas de participación de los propios pueblos indígenas, en el diseño, monitoreo, ejecución y evaluación de dichas políticas públicas. Por ello el Gobierno, en el marco del programa de los Consejos Regionales de Planificación de Estrategias de Políticas Públicas, destinados a apoyar las iniciativas sociales, promoverá y apoyará con particular interés aquellas aspiraciones de los pueblos y comunidades indígenas, tanto en su hábitat territorial y no territorial, así como de sus organizaciones civiles y sociales. Los proyectos que deberán ser apoyados, estarán dirigidos fundamentalmente al sector comunitario: etnovivienda, pequeña y mediana industria, centros de salud, mercados indígenas, transporte colectivo indígena, promoción cultural, administración de justicia indígena, defensa integral de la frontera, identidad y autonomía en sus territorios ancestrales, educación intercultural bilingüe y participación política y protagónica en el destino de la Nación y de sus pueblos.
Desarrollar entre los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas, una cultura de corresponsabilidad social en las políticas públicas que les corresponde ejecutar, con el apoyo del gobierno nacional, regional y local.
VII. CONVIVENCIA PLURICULTURAL.
Ø El reconocimiento de lo que representa la diversidad cultural de la población indígena del estado Zulia, compete al conjunto de los habitantes. Por ello es fundamental que los zulianos, asuman esta composición pluricultural como un elemento constitutivo de la región y por ende, desarrollar entre todas y todos, nuevas formas de convivencia intercultural, basadas en los principios de legitimidad de la diferencia, conocimiento mutuo, respeto, humanidad y el libre ejercicio de los derechos de los otros.
Ø Difusión permanente de las manifestaciones de la naturaleza pluricultural de la región, y en particular de la presencia indígena y de los afrodescendientes.
Ø Desarrollar las formas más variadas de la participación proactiva de los pueblos indígenas y los afrodescendientes.
Ø Fomento del uso público de los idiomas indígenas y promoción de su acceso a los medios de comunicación social, las cuales deberán estar contempladas en las leyes que rigen la materia.
Ø Construcción permanente del diálogo intercultural bilingüe.
Ø Creación de emisoras radiales indígenas, espacios de opinión indígena, órganos de divulgación masiva y programas televisivos indígenas.
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